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Prepárese para satisfacer las solicitudes de asignaciones de beneficios fiscales de sus importadores de alcohol.

Los productores extranjeros de bebidas alcohólicas destiladas, vino, sidra dura y cerveza deben registrarse en la Oficina de Impuestos y Comercio del Alcohol y el Tabaco (TTB) de los EE. UU. para asignar beneficios del impuesto federal sobre los impuestos especiales de los EE. UU. a sus importadores. Los importadores ya no recibirán estos beneficios al entrar y deben solicitar reembolsos directamente a través del nuevo sistema en línea de TTB. Todos los envíos están sujetos a requisitos actualizados a partir de 2023.

Inicie su proceso de registro y asignación ahora para garantizar una transición sin problemas para sus importadores.

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Disposición sobre beneficios fiscales para personas no estadounidenses Productores

La Ley de Modernización de Bebidas Artesanas (CBMA) reduce las Tasas de Impuestos Especiales Federales y los Créditos Fiscales de los EE. UU. para los importadores en ciertos envíos de bebidas reguladas por TTB. Estos beneficios impositivos ya no son aplicados por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (Customs and Border Protection, CBP) de los EE. UU. en el momento de la inscripción. En su lugar, los importadores tendrán que solicitar reembolsos al TTB en función de las asignaciones de sus productores extranjeros.

Si su destilería, bodega o cervecería regulada por TTB se encuentra fuera de los EE. UU., sus importadores pueden solicitar los beneficios fiscales disponibles en virtud de este nuevo sistema de registro.

A partir del 1 de enero de 2023, todos los productores extranjeros que planeen asignar beneficios fiscales a los importadores deben registrarse en el TTB. Deberá enviar información de la empresa, propiedad e impuestos junto con su número de registro de instalaciones alimentarias (Food Facility Registration, “FFR”) de la FDA para configurar su perfil de productor extranjero. Una vez registrado, recibirá un ID de TTB de productor extranjero y podrá comenzar a realizar asignaciones de beneficios impositivos. A todos los envíos que lleguen a partir del 1 de enero de 2023 solo se les asignarán beneficios fiscales a través de este sistema.

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¿Cómo puede ayudar Registrar Corp?

Cumplir con los requisitos de registro de TTB en EE. UU. puede llevar un valioso horario de atención, pero no tiene por qué ser así. Registrar Corp, un proveedor líder de asistencia al cumplimiento de la FDA, ha apoyado a productores extranjeros durante más de 20 años. Nuestro equipo de expertos en cumplimiento puede ayudarle a registrarse en TTB de forma rápida y sin problemas para que esté preparado para satisfacer las solicitudes de los importadores de asignaciones de beneficios fiscales durante todo el año.

Inicie el proceso de registro de TTB.

Términos y condiciones

Las partes acuerdan que Registrar Corp actuará como agente y representante autorizado del Registrante de conformidad con las disposiciones pertinentes de 27 CFR Parte 27, Subparte P, la Ley de Modernización de Bebidas Elaboradas (“CBMA”) con respecto a los procedimientos para aprovechar las tasas impositivas reducidas y los créditos fiscales establecidos en virtud de la misma, sujeto a los siguientes términos y condiciones:
  1. El Registrante autoriza al Agente y a sus empleados a registrar sus instalaciones de producción de alcohol (identificadas anteriormente o en cualquier formulario de registro adjunto de Registrar Corp) en la Oficina de Impuestos y Comercio del Alcohol y el Tabaco (“TTB”, por sus siglas en inglés) de conformidad con las disposiciones descritas en la CBMA, y a actualizar o renovar dicho registro o información, durante la vigencia del presente documento. Además, El Registrante autoriza al Agente y a sus empleados a proporcionar la información de registro requerida, editar la información de registro, designar a personas adicionales que también estén autorizadas para actuar en nombre del Registrante, cancelar la designación de personas autorizadas, realizar asignaciones de beneficios fiscales de CBMA, recibir y responder a las comunicaciones de TTB (incluida la notificación de revocación contemplada), y realizar cualquier otro acto permitido por los representantes autorizados de conformidad con el CBMA. El Registrante proporcionará al Agente toda la información y materiales necesarios o razonablemente solicitados por el Agente para cumplir con las responsabilidades del Agente en virtud del presente documento. En caso de que el Registrante proporcione un correo electrónico u otra comunicación escrita que modifique o complemente el Nombre legal de la empresa y/o la Dirección de la empresa identificada anteriormente, el Agente podrá confiar en dicha información y se incorporará al presente documento por referencia. El Registrante garantiza que la información y los materiales proporcionados por el Registrante serán precisos, veraces, genuinos y actuales. El Agente reenviará todas las comunicaciones del TTB al Registrante a la dirección, número de teléfono o dirección de correo electrónico indicados anteriormente.
  2. Los servicios prestados por el Agente en virtud de este contrato se limitan a los permitidos por un agente y representante autorizado de conformidad con la CBMA. Los honorarios del Agente se pagarán de acuerdo con el programa de honorarios estándar del Agente y cualquier modificación o revisión de los mismos. El Agente puede prestar servicios adicionales a su discreción a petición del Registrante para tarifas adicionales. El Agente no ejerce ni ejercerá derecho ni prestará asesoramiento legal, contable o fiscal.
  3. El Registrante reembolsará, indemnizar y eximir de responsabilidad al Agente de y contra todos y cada uno de los gastos, costes y reclamaciones, incluidas las reclamaciones de terceros y no terceros, incluidos, entre otros, organismos gubernamentales, y los costos y honorarios de abogados relacionados, si dichas reclamaciones se alegan de forma extracontractual, o en virtud de otra ley, que surja de o en relación con este contrato, las transacciones contempladas en el presente, cualquier reclamación relacionada con el negocio u operaciones del Registrante, cualquier incumplimiento de cualquier declaración, garantía, autorización, o certificación en el presente documento, o cualquier incumplimiento de la ley o de la normativa gubernamental por parte del Registrante. El Registrante renuncia a todas y cada una de las reclamaciones contra el Agente que surjan de o en relación con este contrato, excepto por mala conducta intencionada o negligencia grave y, por aquellos, renuncia a sus reclamaciones en la medida en que la ley lo permita. Tal como se utiliza en este contrato, “Agente” incluirá a Registrar Corp, sus sucesores, cesionarios, filiales, empresas matrices, subsidiarias, directivos, directores, accionistas, agentes y empleados.
  4. Ninguna de las partes de este acuerdo será responsable del incumplimiento del contrato causado por un caso fortuito, insurrección, guerra civil, guerra, operación militar, terrorismo o emergencia local, o por cualquier acto o incumplimiento por parte de TTB. El tiempo no será esencial para que el Agente preste los servicios. Este contrato, junto con los documentos adjuntos e incorporados al mismo por referencia, contiene el acuerdo completo entre las partes, y no puede modificarse excepto mediante acuerdo escrito firmado por ambas partes. Tal como se usa en el presente documento, los conectivos “y” y “o” se interpretarán de forma conjuntiva o desjuntival según sea necesario para llevar dentro del alcance de este acuerdo todas las declaraciones, garantías e indemnizaciones que de otro modo podrían excluirse.
  5. Este acuerdo se interpretará y las relaciones legales entre las partes se determinarán, de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, sin dar efecto a su elección de disposiciones legales. Cualquier acción o procedimiento que surja de o en relación con este acuerdo o las transacciones contempladas en el presente se presentará ante los tribunales de Nueva York o los tribunales de distrito de los EE. UU. para los distritos sur o este de Nueva York. Las partes del presente consienten en el ejercicio de la jurisdicción en persona y en la materia por parte de los tribunales del estado de Nueva York y los tribunales de distrito de los EE. UU. para los distritos sur u este de Nueva York.
  6. El Agente podrá rescindir el presente Contrato en cualquier momento mediante notificación por escrito al Registrante por correo postal de EE. UU. a la dirección indicada anteriormente o proporcionada por el Registrante para su registro en las instalaciones de producción de alcohol, o por fax al número de fax proporcionado por el Registrante para su registro en las instalaciones de producción de alcohol, o por correo electrónico a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Registrante para su registro en las instalaciones de producción de alcohol. El Registrante puede rescindir este Contrato en cualquier momento mediante FedEx, DHL o el servicio de entrega al día siguiente de UPS, o por fax a la dirección y el número de fax indicados anteriormente y, para que sea efectivo, debe incluir la información que confirme al Agente que el registro en las instalaciones de producción de alcohol del Registrante se ha mantenido o cancelado de acuerdo con los requisitos de la CBMA. En caso de rescisión por cualquiera de las partes, no se reembolsará ninguna parte de los honorarios pagados al Agente en virtud del presente documento.
  7. Este contrato vencerá el 31 de diciembre de 2023, a menos que se rescinda antes. A partir del 1 de enero de 2024, este contrato se renovará automáticamente por plazos sucesivos de un año, a menos que se rescinda de conformidad con los términos del mismo.
  8. El Registrante reconoce que Registrar Corp es un agente de registro privado no afiliado a la Oficina de Impuestos y Comercio del Alcohol y el Tabaco. La persona que firma a continuación declara y garantiza que es propietario, directivo o empleado del Registrante con autoridad para asumir compromisos vinculantes en nombre del Registrante.

Preguntas frecuentes

Los cerveceros obtienen una tasa reducida de 16 USD (desde 18 USD) por barril en los primeros 6 000 000 barriles que envían, un descuento de más de 11%. Vinos obtienen un crédito fiscal de 1 USD por galón en los primeros 30 000 galones, 90 centavos en los siguientes 100 000 galones y 53,5 centavos en los terceros 620 000 galones. La tarifa normal varía según el tipo de vino.

Los productores de sidra dura obtienen un crédito fiscal de 6,2 centavos sobre los primeros 30.000 galones, 5,6 centavos sobre los siguientes 100.000 galones y 3,3 centavos sobre los terceros 620.000 galones. La tasa normal es de 22,6 centavos por galón. Las destilerías tienen una tasa reducida de 2,70 USD por galón para los primeros 100 000 galones y de 13,34 USD por galón para los siguientes 22,13 millones de galones. La tarifa normal es de $13.50 por galón.

A partir del 1 de enero de 2023, la aduana de los EE. UU. ya no aplicará impuestos federales de aduana y créditos impositivos reducidos de los EE. UU. cuando se presente una entrada en la aduana. Todos los productores de bebidas alcohólicas no estadounidenses calificados deben registrarse en el TTB para asignar los beneficios fiscales para ese año calendario a sus importadores de EE. UU. Los importadores de EE. UU. tendrán que solicitar reembolsos en función de sus beneficios asignados.

El TTB ha lanzado un nuevo portal en línea para gestionar el proceso de registro. Este nuevo sistema de registro permite que cualquier agente designado por el productor extranjero envíe el registro, edite el registro, asigne beneficios fiscales y agregue o elimine usuarios.

Registrar Corp actúa como agente para ayudar a las empresas con el proceso de registro y gestionar sus asignaciones de beneficios fiscales. Los productores extranjeros deben otorgar a Registrar Corp la autorización para llevar a cabo estas actividades mediante una prueba escrita de autorización y suministrarla al TTB si se solicita.

La información de registro incluye su nombre comercial, dirección, número de registro de instalaciones alimentarias (FFR) de la FDA y un punto de contacto en la empresa (propietario o empleado). Si el productor extranjero tiene propietarios adicionales como parte de un “grupo controlado”, se debe añadir cualquier propietario con un 10 % o más de propiedad.

Los productores extranjeros deben registrarse utilizando el sistema myTTB. Registrar Corp completará este proceso para su empresa e incluirá un contacto que usted haya designado. Registrar Corp y el contacto de la empresa serán designados como “usuarios autorizados” que tienen la autoridad para recibir y responder a las comunicaciones de TTB, incluida la notificación de revocación contemplada.

Una vez registrado, el contacto de su empresa recibirá un correo electrónico con su ID de TTB de productor extranjero. El ID debe ser referenciado en las entradas de aduanas para las que sus importadores pretenden solicitar beneficios fiscales. También recibirá instrucciones en un correo electrónico aparte para acceder a su cuenta en el portal myTTB.

Después de crear una cuenta de Login.Gov, el contacto de su empresa puede entrar en el portal myTTB con sus nuevas credenciales, configurar un perfil y acceder al registro de su productor extranjero.

Se pueden agregar personas autorizadas adicionales como «gerente» o «usuario». Los gerentes pueden agregar o eliminar personas autorizadas adicionales, pero los usuarios no.

Una vez completado su registro, el TTB emitirá a su empresa un ID de productor extranjero. Este número debe compartirse con sus importadores para que puedan consultarlo al reclamar sus reembolsos de impuestos y créditos.

Los cambios en la información de registro deben actualizarse en un plazo de 60 días. A diferencia de la FFR de la FDA, un cambio de propiedad no requiere que cancele su registro, pero cualquier información nueva de la FFR debe enviarse dentro del plazo de 60 días.

Seleccione el enlace “Añadir asignaciones” en el portal de TTB. Deberá conocer los números de permiso básicos de TTB de sus importadores para iniciar la asignación.

Seleccione la tasa impositiva o el crédito exactos que se asignan, el año calendario aplicable y la cantidad exacta que se asignará a cada importador. Por ejemplo, un fabricante de cerveza puede querer asignar 4 millones de barriles a un importador y 2 millones de barriles a otro importador.

UNA VEZ ASIGNADO, EL BENEFICIO FISCAL NO SE PUEDE CAMBIAR A MENOS QUE EL IMPORTADOR LO RECHACE EN EL PORTAL DEL IMPORTADOR. DEBE ASEGURARSE DE QUE LA ASIGNACIÓN ES CORRECTA PARA EVITAR RETRASOS U OTROS PROBLEMAS.

Los beneficios impositivos se basan en el año calendario. Las asignaciones pueden realizarse a partir del 1 de octubre del año anterior (p. ej., las asignaciones para 2023 podrían realizarse a partir del 1 de octubre de 2022). Las asignaciones se pueden realizar en cualquier momento durante el año natural, hasta el 31 de diciembre. Para reclamar el beneficio, el envío del importador debe haber llegado al puerto en ese año calendario.

En el futuro, los importadores también deben utilizar el sistema myTTB para reclamar reembolsos en función de los beneficios fiscales que su empresa les haya asignado. Necesitarán el número de ID de productor extranjero de su empresa para completar el proceso de reclamaciones. Este portal aún está en curso y está programado para su lanzamiento más adelante en 2023.

Con el nuevo sistema, los importadores podrán reclamar reembolsos trimestralmente. Recibirán la diferencia entre la tasa completa (pagada en el momento de la inscripción) y el monto que se habría pagado si la responsabilidad impositiva se hubiera calculado utilizando los beneficios impositivos que usted asignó.

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