Antes de la Ley de Modernización de la Seguridad Alimentaria (FSMA),la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) de los EE. UU. era en gran medida responsable de garantizar que las compañías que exportaban alimentos a los Estados Unidos cumplieran con las regulaciones de seguridad alimentaria de los EE. UU. En su mayor parte, los importadores de estos productos alimenticios no estaban regulados en términos de seguridad alimentaria. La FSMA introdujo la regla del Programa de verificación de proveedores extranjeros (FSVP), que asignó una nueva responsabilidad a la persona que es propietaria de los alimentos al ingresar a los Estados Unidos. Ahora, los importadores de alimentos de los EE. UU. deben desarrollar FSVP para cada producto que posean al momento del ingreso.
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Las Personas Calificadas de Registrar Corp pueden desarrollar e implementar sus FSVP
Conforme a la regla de FSVP, los agentes aduaneros ahora deben identificar un “importador de FSVP” para los envíos cubiertos al presentar entradas. Este importador de FSVP enumerado es la entidad responsable del cumplimiento de FSVP y a quien la FDA inspeccionará en el caso de una inspección de FSVP de rutina o cuando surja una inquietud de seguridad alimentaria.
Muchos importadores han preguntado a Registrar Corp si pueden exigir a sus proveedores extranjeros que designen y enumeren a un importador FSVP diferente, ya que el cumplimiento de FSVP puede ser complicado y llevar mucho tiempo. La FDA define al importador de FSVP como “el propietario o destinatario de los EE. UU. de un artículo de alimento que se ofrece para importación a los Estados Unidos”. Además, la FDA define al propietario o destinatario de los EE. UU. como “la persona en los Estados Unidos que, al momento de la entrada de un artículo de alimento en los Estados Unidos, es propietaria de los alimentos, ha comprado los alimentos o ha acordado por escrito comprar los alimentos” ( 21 CFR1.500 ). La instalación exportadora no puede designar a un importador de FSVP diferente, ni puede negarse a ser incluido como importador de FSVP si cumple con la definición de la FDA.
Excepciones De acuerdo
con la FDA, “si no hay un propietario o destinatario de un artículo alimenticio en los EE. UU. al momento de la entrada en los EE. UU., el importador de FSVP es el agente o representante de los EE. UU. del propietario o destinatario extranjero al momento de la entrada, según se confirma en una declaración de consentimiento firmada para actuar como importador en virtud de la regulación de FSVP”. Cuando este sea el caso, el exportador debe designar a un importador de FSVP, también conocido por algunos como Agente de FSVP. También hay casos en los que varias entidades cumplen con la definición de importador de FSVP para el mismo alimento y proveedor; cuando esto sucede, una de las entidades puede actuar como importador de FSVP en nombre de las otras si han acordado hacerlo según lo confirmado en una declaración de consentimiento firmada.
Además, algunos productos importados están exentos de la regla FSVP. Por ejemplo, los productos no destinados a la venta o distribución en los Estados Unidos generalmente no están sujetos a la regulación FSVP. Estos incluyen productos destinados al consumo personal, investigación o evaluación, y alimentos para procesamiento y exportación. Los productos de alcohol, mariscos, jugo, carne, aves y huevos sujetos al USDA también están exentos y no requieren un importador FSVP.
Sin embargo, la mayoría de los productos alimenticios que ingresan a los EE. UU. sí requieren un importador FSVP, y aquellos que cumplen con la definición deben asegurarse de familiarizarse con los requisitos regulatorios relevantes.
¿Qué se requiere de un importador FSVP?
Un importador de FSVP es responsable de desarrollar FSVP en los que evalúe y verifique regularmente el cumplimiento de su proveedor extranjero con las regulaciones de inocuidad alimentaria aplicables de la FDA. Deben tener un FSVP por cada producto que importen por proveedor extranjero. Los FSVP sirven para proporcionar garantías de que los alimentos importados se produjeron de conformidad con las normas de seguridad alimentaria de la FDA y que no representarán un riesgo para la salud de los ciudadanos de los EE. UU.
El importador es responsable de determinar los peligros previsibles asociados con el tipo de alimento. evaluar el riesgo que representa, verificar que los procesos y las prácticas del proveedor extranjero cumplan con los estándares de la FDA, evaluar el historial de cumplimiento del proveedor extranjero con la FDA, asegurar que las etiquetas de los productos enumeren correctamente los principales alérgenos, según corresponda, y llevar a cabo acciones correctivas cuando se encuentran problemas.
Los importadores que no están desarrollando e implementando FSVP para sus productos están sujetos a repercusiones que pueden tener un impacto duradero en su marca y sus finanzas, pero lo más importante es la salud de sus consumidores. La FDA emite cartas de advertencia, alertas de importación y otras medidas regulatorias contra importadores estadounidenses que no cumplen con el FSVP. Esta acción también puede extenderse contra el proveedor extranjero si la inspección de la FDA del importador estadounidense revela que no está produciendo alimentos de acuerdo con las normas aplicables de la FDA.
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